Foto Cadena 3

La Junta Electoral Municipal estableció los requisitos y monto de pago establecido para quienes serán autoridades de mesa en las próximas elecciones, que serán el 17 de septiembre.

La Junta Electoral Municipal emitió una nueva resolución en la cual especifican los requisitos de las autoridades de mesa para las próximas elecciones de autoridades municipales.

Requisitos

En la resolución se explica que, de acuerdo a lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal y la Ley Nº 9.571, es responsabilidad de la Junta Electoral designar a las autoridades de mesa de votación. Para ello, se han establecido ciertos criterios que los ciudadanos deben cumplir. Estos requisitos incluyen ser elector hábil, residir en el circuito electoral correspondiente, preferentemente tener un título universitario o terciario, ser docente o empleado público o privado en tareas administrativas, estar en actividad o jubilado, y no ser candidato en la elección. Además, «debido a la importancia de la función y la necesidad de que los presidentes de mesa (titulares y suplentes) tengan disposición, conocimiento, vocación cívica y buena fe».

Pago

Las autoridades de mesa recibirán una remuneración en concepto de viáticos y refrigerio, tal como lo establece la Ley 9.571. Los viáticos corresponderán al 20% del Salario Mínimo Vital y Móvil.

Los interesados en ser presidentes de mesa pueden inscribirse en el Registro Municipal de Aspirantes a Presidentes de Mesa en la sede de la J.E.M, presentando su documento de identidad.