Por Claudia Moreno- A raíz del reciente convenio firmado entre la Unidad Ejecutora para el saneamiento de títulos con el municipio, surgen muchas dudas sobre la importancia o no de ingresar al registro de poseedores. El abogado local Andrés Espíndola explica algunos puntos claves.
El registro de poseedores – enmarcado en base a la ley 9150 «Tierras del Futuro», es un registro de una situación de hecho. Se registra que uno simplemente está ocupando una cosa, es decir se registra que alguien está usando como dueño un inmueble y no importa si ese inmueble está en tierras privadas o del Estado (municipal, provincial o nacional).
Redacción Alta Gracia- Estar inscripto en este registro, ¿otorga seguridad jurídica sobre el inmueble?
Andrés Espíndola- No. De hecho hace 10 años que anda dando vueltas esta Unidad Ejecutora y no han saneado nada. Lo único que ha generado es una nueva forma de comercializar la tierras y es altamente insegura, porque lo que se comercializa no es la propiedad, sino la posesión. Y la posesión es uno de los elementos necesarios para ser propietario. Razón por la cual el saneamiento de títulos que pretende la ley 9150 es meramente un enunciado teórico, un «engaña pichanga» una forma demagógica que ha sido utilizada por algunas personas a los fines de hacer negocios.
RAG- El intendente Torres, en la firma del convenio, expresó que la inscripción en el registro de poseedores ayuda a la obtención futura de la escritura. ¿Es así?
A.E- Esa es una visión muy simplista, la gente no va a obtener una escritura sino un instrumento público. Pero la obtención de un instrumento público que te acredita como titular dominial de un inmueble no es una escritura, es una sentencia que te da el juez cuando finaliza el juicio de usucapion. La escrituración es una de las formas de obtener el titulo de un inmueble y se da cuando hay una compra-venta. Pero también hay otras formas como una sucesión donde no hay escritura pero sí una sentencia judicial que adjudica que determinados bienes inmuebles pertenecen a determinada persona. Y otra forma es a través del juicio de usucapión en donde tampoco hay escritura, sino una sentencia.
RAG- ¿Es necesario estar registrado para iniciar el juicio de usucapion?
A.E- No. No es necesario, no es uno de los elementos que pide el código de procedimiento a fin de iniciar el juicio de usucapion. Razón por la cual un juez no puede valorar negativamente el hecho de estar inscripto en el registro de poseedores a los fines de dictar la sentencia definitiva en un juicio de usucapión.
RAG – ¿Es conveniente inscribirse?
A.E- Depende el caso. Los jueces valoran estar inscripto en el registro de poseedores pero muchas veces es contraproducente porque la Unidad Ejecutora notifica al titular registral la posesión que intenta inscribirse. Entonces muchas veces sucede que el titular se había olvidado que tenia ese lote y cuando la unidad ejecutora lo notifica, es posible que vuelva a reclamar sus tierras.
RAG – También en ese acto se dijo que el estar inscripto en el registro posibilitaría a la gente poder acceder a un crédito, además de los que pueden solicitarse en la secretaría de Desarrollo Social..
A. E- Si se estaba hablando de un crédito hipotecario no, ningún banco le va a dar un crédito hipotecario a ninguna persona que no tenga el título de la propiedad. Estar inscripto en el registro de poseedores no da el título.
RAG – Los funcionarios explicaron que es beneficioso estar inscripto porque también dará la posibilidad a las personas de pagar sus tributos municipales y provinciales.
A.E- Si, en cierta medida. Estar en el registro de poseedores posibilita poder estar anotado como contribuyente. Hoy por hoy cualquiera puede tributar cualquier tributo de cualquier inmueble, simplemente que no va a figurar como contribuyente. No obstante el Código Tributario Provincial indica que a los fines del pago de los impuestos que rigen sobre los inmuebles, en el caso de los provinciales es el impuesto territorial y en la municipalidad es la tasa por servicio a la propiedad, indican en ambos casos que los responsables de los inmuebles son los titulares de algún derecho de dominio y todas las personas que utilizan los inmuebles a los que se incluyen a los locadores y poseedores. El tema es que a pesar de lo que dice la ley provincial y municipal, los entes recaudadores son reacios a cobrarles a los poseedores.
«Pan para hoy, hambre para mañana»
Espíndola se metió más de lleno en las cuestiones de fondo sobre el anunciado convenio y las implicancias que tendrían en la vida cotidiana de las personas que tienen una posesión.
«Estas declaraciones sobre el registro de poseedores, la ley 9150 es pan para hoy y hambre para mañana, porque los sucesivos gobiernos no han dado respuestas reales al problema de la vivienda y es pura demagogia. Esto es solo para cobrar más impuestos y que la gente de menos recursos y con menos posibilidad de adquirir un inmueble sienta que el estado provincial o municipal está tratando de solucionarle la cuestión de vivienda cuando en realidad no le está solucionando nada y en muchos casos se la está complicando.
«La gente es reacia a construir en un lugar donde no tiene la certeza de que no va a tener problemas. Lo he notado entre Carlos Paz y Alta Gracia. Hace unos 20 años atrás, Carlos Paz remataba al menos una vez por mes entre cinco y siete terrenos baldíos. Por ese entonces, Alta Gracia remataba uno o dos al año. Carlos Paz lograba de esa forma que los inmuebles ingresaran al mercado generando un gran movimiento económico. Pero en Alta Gracia el Estado Municipal «regalaba» terrenos para que la gente ocupara, haciéndoles un favor, otros eran punteros y esa gente no lo vendía, no invertían y así se fueron atrasando los barrios».
Por otra parte, el abogado del fuero local se expresó de manera crítica a cómo el estado gestiona las supuestas soluciones habitacionales.
«El estado municipal se comportó de la misma manera demagógica y espasmódica en vez de solucionarle los problemas de viviendas de las personas. Hace unos años atrás llevaron adelante el proceso de expropiaciones y recuerdo que a algunos funcionarios les había advertido en aquel momento que no se iba a lograr de la forma que tenían previsto y que es solo demagogia. Y así fue, quedó en la nada.
«Otro ejemplo de la forma espasmódica en cómo conciben las cosas es de la manera en cómo se manejaron en Barrio Parque San Juan. Hace muchos años atrás el municipio obtuvo los títulos de los inmuebles del barrio por medio de un convenio con la familia Caferatta, con la única condición de que la municipalidad escriture a esas personas que habían adquirido el lote y nunca lo hizo.
«La municipalidad cuando tiene las herramientas en la mano para solucionar los problemas habitacionales de la gente, no las usa. Lo que deberían hacer, no lo hacen y lo que no deberían hacer.. van y lo hacen. Son un cachivache.