El proyecto de enmienda propuesto por el bloque Alta Gracia Crece busca armonizar la legislación local en relación al derecho al voto, reconociendo a los jóvenes la posibilidad de elegir no solo al presidente o gobernador, sino también a su intendente.
En la pasada sesión del Concejo Deliberante, el bloque Alta Gracia Crece presentó un proyecto de enmienda al Artículo 139 de la Carta Orgánica Municipal, con el objetivo de ampliar el derecho al voto joven en el municipio.
El proyecto toma como antecedente la Ley Nacional 26.774, aprobada en 2012, que amplió el derecho al voto en elecciones nacionales para jóvenes de entre 16 y 17 años en todo el país. Asimismo, señala que la mayoría de las provincias adaptaron su legislación para permitir el voto joven en elecciones provinciales.
En la provincia de Córdoba, en 2014 se modificó el código electoral incorporando el voto joven en el Artículo 8º, estableciendo que los ciudadanos argentinos con domicilio en la Provincia de Córdoba, mayores de 16 años, son electores provinciales, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos por la ley.
El proyecto de enmienda propuesto por el bloque opositor busca armonizar la legislación local en relación al derecho al voto, reconociendo a los jóvenes la posibilidad de elegir no solo al presidente o gobernador, sino también a su intendente.
Para que la enmienda entre en vigor, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá convocar a un Referéndum Obligatorio de ratificación, de acuerdo con el artículo 208 de la Carta Orgánica Municipal. Este referéndum se llevaría a cabo durante las elecciones municipales programadas para el 17 de septiembre.