Prensa Córdoba

La decisión sobre lo que percibirá cada jurisdicción la determinará la Secretaría de Hacienda. La medida había sido anticipada la semana pasada, cuando se habló del tratamiento de Ley de Glaciares que se espera para el miercoles.

El Gobierno publicó este lunes en Boletín Oficial el decreto 219/2026 con el que otorga un anticipo a 12 provincias en materia de coparticipación de hasta $400.000 millones «a ser reintegradoa dentro del Ejercicio Fiscal en curso». La medida había sido anticipada la semana pasada, cuando se habló del tratamiento de Ley de Glaciares que se espera para el próximo miercoles.

Así se oficializó este lunes en el Decreto 219/2026 publicado en el Boletín Oficial y al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas y la medida fue firmada el 1° de abril por el presidente Javier Milei junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

Las provincias que recibirán el dinero son: Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, La Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán.

Además, en el Boletín Oficial se indicó: “Facúltase a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a disponer la cancelación de los anticipos otorgados, con más los intereses que se devenguen calculados sobre la base de una Tasa Fija Nominal Anual del 15 %, mediante la afectación de la respectiva participación de las provincias detalladas en el artículo 1° del presente decreto, en el régimen de la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el que lo sustituya y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico”.

La citada secretaría también podrá ”disponer las condiciones de desembolsos a las provincias, formas de cancelación y demás condiciones aplicables, pudiendo suscribir acuerdos con cada una de las jurisdicciones para determinarlos”, mientras que se estableció que, a los fines de dar cumplimiento a la presente medida, “los Gobiernos de las provincias que se detallan el mencionado decreto deberán:

Afectar su participación en el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido en la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que lo sustituya, y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado, con más sus intereses y autorizar a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a retener automáticamente los fondos emergentes de la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que la sustituya, y de otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado más sus intereses, con el fin de cancelar los fondos que se otorgan con más sus intereses”.

Fuente: NA