Si pasaron 30 minutos del horario establecido y la compañía no inició el viaje, el usuario podrá solicitar la restitución de lo pagado o aceptar otro servicio equivalente.
Los usuarios del transporte interurbano de la provincia de Córdoba contarán con un nuevo derecho a partir de ahora. El Ente Regulador de los Servicios Públicos (Ersep) emitió una resolución, ya publicada en el Boletín Oficial, que obliga a las empresas prestatarias del servicio a indemnizar a los pasajeros en caso de incumplimiento de horarios.
Esto significa que si pasaron 30 minutos del horario establecido y la compañía no inicio el viaje, el usuario podrá:
*Solicitar por boletería o cualquier otro medio habilitado la restitución de lo pagado, que deberá hacerse efectiva inmediatamente a través del sistema de pago utilizado cuando se adquirió el boleto.
*Aceptar otra prestación de servicio equivalente o superior a la abonada.
En caso de que se demore la finalización del servicio de transporte interurbano, la empresa tendrá la obligación de reintegrar a los pasajeros la tarifa abonada. De ser así, deberá responder a las siguientes medidas:
*Si la demora verificada supera al 50 por ciento del tiempo previsto para la duración del viaje, corresponderá la devolución del 50 por ciento de lo abonado.
*Si la demora verificada fuere superior al 100 por ciento del tiempo previsto para la duración del viaje, corresponderá la devolución del 100 por ciento de lo abonado.
“En cualquiera de los supuestos previstos precedentemente, el usuario podrá solicitar por boletería –o por cualquier otro medio habilitado por la empresa- la restitución del monto correspondiente, la cual deberá hacerse efectiva inmediatamente, mediante el sistema de pago utilizado por el usuario al momento de adquirir el pasaje”, remarcaron desde Ersep.
Fuente: eldoce.tv