Comunicado de Prensa. El 91% de los usuarios encuestados estuvo conforme con la duración del proceso. El 97% de los abogados estuvo de acuerdo con los intentos conciliatorios del tribunal en la audiencia preliminar.
La Secretaría Civil del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) elaboró un monitoreo de los procesos orales desarrollados entre febrero de 2019 y octubre de 2020, en los 43 juzgados con competencia civil y comercial de toda la provincia, en los cuales se implementó la oralidad efectiva. Según el informe, el 72,7% de los pleitos fueron resueltos por acuerdo de las partes. En tanto, el tribunal dictó sentencia en el 27,3% de los procesos.
El relevamiento agrega que el 29.8% de los juicios se pudieron conciliar durante audiencias preliminares; mientras que en el 24.6 % el acuerdo se logró en audiencias complementarias.
Entre otros datos relevantes, el informe puntualiza que durante los 21 meses de la implementación de la oralidad, se celebraron 930 audiencias en procesos civiles y comerciales con presencia efectiva del juez. También detalla que el 77,7% de las audiencias complementarias fueron llevadas a cabo en menos de cuatro meses desde la celebración de la audiencia preliminar.
El monitoreo señala que el 99% de los 2098 usuarios encuestados respondió que estaba satisfecho con el trato recibido en las audiencias y el 91% (964 encuestados) con la duración de su proceso. En tanto, más del 95% de los 1745 abogados encuestados respondió que estaba satisfecho con la depuración de la prueba realizada en el juicio y 97% (891 encuestados) con los intentos conciliatorios realizados por el tribunal durante la audiencia preliminar.
Cabe recordar que, en la actualidad, 43 juzgados de toda la provincia se encuentran comprendidos en la gestión de los procesos a través de la oralidad civil efectiva sobre un total de 82 tribunales: 22 juzgados de la ciudad de Córdoba; cinco, de Río Cuarto; dos, de Alta Gracia; uno, de Arroyito; dos, de Carlos Paz; uno, de Jesús María; uno, Laboulaye; uno, de Oliva; tres, de Río Tercero; dos, de San Francisco; y tres, de Villa María.
Por último, menciona especialmente que durante la “prestación del servicio de justicia en la emergencia por razones sanitarias” se habilitaron las audiencias orales bajo la modalidad remota conforme el Protocolo de Audiencia por Videoconferencias.